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mayo  2, 2024

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Una mirada jurídica al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias

Por Carlos Horacio Torcasio


“Uno de los pactos preexistentes a los que se refiere la Constitución de la Nación Argentina, en su preámbulo, es el Pacto Federal firmado 4 de enero de 1831, por los gobiernos de Santa Fe, Buenos Aires y Entre Ríos, el cual en su artículo 3 establece: “…Las provincias de Santa Fe, Buenos Aires y Entre Ríos se ligan y constituyen en alianza ofensiva y defensiva contra toda agresión de parte de cualquiera de las demás provincias de la República (lo que Dios no permita), que amenace la integridad e independencia de sus respectivos territorios…”.”

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Términos mencionados en esta doctrina: provincias.

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